El error costoso es registrar solo la transferencia final. El profesional factura una consultoría y, al mismo tiempo, debe al cliente una licencia; ambas partes acuerdan compensar y pagar únicamente la diferencia. ¿Cómo se documenta una factura profesional compensada con deuda sin borrar ninguna operación ni su retención?
Primero se mantienen dos expedientes completos. Después, un acuerdo identifica qué importes se cruzan y cuál queda pendiente. El banco muestra el saldo, pero el acuerdo y las facturas explican por qué las obligaciones se reducen.
Cada factura conserva su propia causa
Revisa contrato, entrega, destinatario y documento de cada operación. No reemplaces dos facturas por una nota neta. La consultoría y la licencia deben poder verificarse de forma independiente aunque sus pagos terminen conectados.
El acuerdo fija qué se compensa
Guarda fecha, referencias, importes y aceptación de ambas partes. Identifica si la compensación es total o parcial y qué saldo subsiste. No redactes después un cruce que no fue realmente acordado.
El caso se integra en la revisión fiscal del autónomo que explica Taxea sin fusionar los documentos recíprocos.
La retención necesita confirmación del pagador
Solicita que el cliente explique cómo trata la factura profesional y qué información reflejará. El hecho de no transferir todo el neto no permite presumir el contenido de su certificado. Separa esa comprobación de la deuda por la licencia.
Si el acuerdo no menciona la retención, puedes pedir a Taxea que revise el cruce de facturas. Taxea contrastará operaciones, compensación, certificado y saldo.
Dos operaciones y un saldo final
| Elemento | Documento | Efecto que se comprueba |
|---|---|---|
| Servicio profesional | Factura emitida | Crédito frente al cliente |
| Compra del profesional | Factura recibida | Deuda recíproca |
| Compensación | Acuerdo | Importes extinguidos |
| Saldo | Banco | Cantidad aún pagada |
El movimiento final cierra solo el saldo
Relaciona transferencia o pago pendiente con el cuadro de compensación. Si hay diferencias, no las escondas en redondeos. Archiva facturas, acuerdo, respuesta sobre retención y banco en una ficha común con enlaces a ambos expedientes.
Antes de cerrar ambas cuentas, puedes encargar a Taxea la conciliación de la compensación. Taxea señalará qué obligación se extinguió y qué evidencia sigue pendiente.
Fuentes oficiales
- Ley 35/2006, artículo 27: La Ley del IRPF considera actividad económica la ordenación por cuenta propia de medios de producción o de recursos humanos para intervenir en bienes o servicios.
- Real Decreto 1619/2012, artículo 2: Los empresarios y profesionales deben expedir factura por las operaciones realizadas en el desarrollo de su actividad cuando lo exige el Reglamento de facturación.