⚡ Lo esencial
- Doble censo: Debes tramitar el alta tanto en la AEAT (Estatal) como en la ATC (Canaria).
- IGIC vs IVA: En Canarias no existe el IVA. Se aplica el IGIC, con un tipo general del 7%.
- Franquicia Fiscal: Si facturas menos de 30.000 € anuales, puedes acogerte a la exención de IGIC.
- RIC (Reserva para Inversiones): Permite reducir hasta el 90% del beneficio neto en el IRPF si se reinvierte en la actividad.
- RETA 2026: La cotización se basa en ingresos reales, siguiendo los tramos actualizados para el presente ejercicio.
✍️ Autor: Alexis Expósito — Asesor fiscal, Taxea Strategies
📅 Actualizado: Mayo 2026
📋 Fuentes: Agencia Tributaria (AEAT), Agencia Tributaria Canaria (ATC), Estatuto del Trabajo Autónomo, Ley del REF.
Iniciar una actividad por cuenta propia en el archipiélago canario supone entrar en un ecosistema fiscal privilegiado, pero también más complejo. El Régimen Económico y Fiscal (REF) ofrece ventajas competitivas únicas en la Unión Europea, diseñadas para compensar la lejanía y la insularidad. Sin embargo, el desconocimiento de los trámites específicos ante la Agencia Tributaria Canaria (ATC) es la principal causa de sanciones en los primeros años de actividad.
1. Diferencias estructurales: Canarias vs. Península
La principal distinción radica en la imposición indirecta. Mientras que en el resto de España rige el IVA (impuesto armonizado por la UE), en Canarias aplicamos el IGIC (Impuesto General Indirecto Canario). Esto no es solo un cambio de nombre o de porcentaje; implica modelos tributarios distintos y una gestión administrativa separada.
| Concepto | Canarias (REF) | Península y Baleares |
|---|---|---|
| Impuesto Indirecto | IGIC (Tipo general 7%) | IVA (Tipo general 21%) |
| Gestión Tributaria Indirecta | ATC (Modelo 400 y 420) | AEAT (Modelo 036 y 303) |
| Incentivos al Ahorro | RIC (Reducción 90% base IRPF) | No equivalentes |
| Deducciones Inversión | DIC (hasta 25% en activos) | Deducciones I+D (limitadas) |
| Franquicia Fiscal | Exención hasta 30.000€ facturados | No existe (obligación desde 0€) |
2. Guía de alta paso a paso en 2026
El proceso de alta debe ser coordinado y cronológico para evitar que la Seguridad Social o Hacienda detecten discrepancias en las fechas de inicio de actividad.
Paso 1: Declaración Censal en la AEAT (Modelos 036 o 037)
Aunque tributes el IGIC en Canarias, sigues formando parte del sistema estatal para el IRPF. Debes presentar el modelo 036 (general) o 037 (simplificado) ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Localización: Es vital marcar correctamente que el domicilio fiscal y el de actividad están en Canarias. Esto activa la casilla de deducción por residencia.
- IAE: Elige el epígrafe de la tarifa del Impuesto sobre Actividades Económicas que mejor se ajuste a tu realidad profesional.
- VIES/EORI: Si vas a importar mercancías o prestar servicios a empresas de la UE, solicita el alta en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios) y el número EORI para aduanas.
Paso 2: Alta en la Agencia Tributaria Canaria (Modelo 400)
Este es el paso que muchos autónomos peninsulares que se mudan a las islas olvidan. El Modelo 400 es la declaración censal ante la Hacienda Canaria. Aquí es donde notificas tu sujeción al IGIC.
En este trámite debes decidir si te acoges al Régimen Especial del Pequeño Empresario (REPE), conocido como la franquicia fiscal de los 30.000 euros. Si prevés facturar menos de esa cantidad al año, no estarás obligado a repercutir IGIC en tus facturas ni a presentar liquidaciones trimestrales, aunque tampoco podrás deducir el IGIC soportado.
Paso 3: Alta en el RETA (Seguridad Social)
Dispones de 60 días antes del inicio de actividad para tramitar el alta (aunque lo habitual es hacerlo simultáneamente). En 2026, el sistema de cotización por ingresos reales está plenamente consolidado. Deberás realizar una previsión de tus rendimientos netos mensuales para encuadrarte en un tramo de cotización.
Nota sobre la Tarifa Plana: En 2026 se mantiene la cuota reducida de aproximadamente 80 euros mensuales durante los primeros 12 meses, prorrogables otros 12 si tus ingresos no superan el Salario Mínimo Interprofesional.
3. El IGIC: Tipos, Liquidación y Facturación
El funcionamiento del IGIC es análogo al IVA: tú actúas como recaudador para la administración. Cobras el IGIC a tus clientes (repercutido) y lo pagas a tus proveedores (soportado). La diferencia se ingresa en la ATC trimestralmente.
Tipos impositivos actualizados:
- Tipo Cero (0%): Alimentación básica, transporte entre islas, entrega de agua, y determinados productos sanitarios.
- Tipo Reducido (3%): Industrias químicas, textiles, papeleras y calzado.
- Tipo General (7%): La gran mayoría de servicios profesionales, comercio y hostelería.
- Tipos Incrementados (9,5% y 15%): Joyería, peletería, vehículos de lujo y tabaco.
El Modelo 420: Se presenta del 1 al 20 (o 30 en enero) de los meses de abril, julio, octubre y enero. Es el equivalente al modelo 303 del IVA.
4. El Escudo Fiscal: RIC y DIC
El REF no es solo una reducción de tipos, es una herramienta de crecimiento. Como asesor fiscal, siempre insisto en que la RIC (Reserva para Inversiones en Canarias) es el mayor beneficio para un autónomo con beneficios.
Caso Práctico: El ahorro con la RIC
Imaginemos un consultor tecnológico en Gran Canaria con los siguientes datos anuales:
| Ingresos totales | 65.000 € |
| Gastos deducibles | 15.000 € |
| Rendimiento Neto (Beneficio) | 50.000 € |
| Dotación RIC (Máx 90% sobre beneficio) | – 45.000 € |
| Base Imponible tras RIC | 5.000 € |
Gracias a la RIC, este autónomo solo tributaría en su IRPF por 5.000 € en lugar de 50.000 €. Ahorro estimado: superior a 12.000 € en impuestos. Eso sí, ese dinero dotado a la RIC debe invertirse en un plazo de 4 años en activos productivos para el negocio (ordenadores, locales, creación de empleo, etc.).
5. Checklist de Documentación Necesaria
Antes de acudir a tu cita o iniciar el trámite digital, asegúrate de tener:
- Certificado digital o Clave PIN activa.
- Documento de Identidad (DNI/NIE).
- Número de cuenta bancaria (IBAN) para domiciliaciones.
- Referencia catastral del lugar donde vas a ejercer la actividad.
- Contrato de alquiler o escritura en caso de tener local u oficina.
- Previsión de ingresos y gastos para el encuadramiento en el RETA.
6. Errores críticos que debes evitar
- Confundir IVA con IGIC en facturas a la Península: Si prestas servicios desde Canarias a una empresa en Madrid, la factura suele ir sin IGIC y sin IVA (inversión del sujeto pasivo), pero debes citar el artículo correspondiente de la Ley del IGIC.
- No presentar el Modelo 425: Es el resumen anual del IGIC. Olvidarlo conlleva sanciones automáticas de la ATC.
- Ignorar el EORI: Si compras material en Amazon (Península) o proveedores extranjeros, tu paquete quedará retenido en aduanas si no tienes el EORI vinculado a tu NIF.
- Dotar la RIC sin asesoramiento: Si dotas la reserva pero no cumples los requisitos de inversión o los plazos, Hacienda te exigirá el impuesto ahorrado más intereses de demora.
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